AYUDAS PARA HACER FRENTE A LAS INVERSIONES EN EL SECTOR COMERCIAL ALAVÉS 2022

El objeto de esta ayuda de la Diputación Foral de Álava es apoyar al Sector Comercial alavés para cubrir los gastos de inversiones en el sector comercial alavés en el ejercicio 2022 con el fin de incrementar la competitividad del comercio de proximidad.

  • Trabajadores autónomos. Máximo 8 personas empleadas.
  • Sociedades civiles o comunidades de bienes. Máximo 9 autónomos.
  • Sociedades mercantiles. Cuya participación en la empresa corresponda a un máximo de 9 trabajadores.
  • Deben cumplir los siguientes requisitos:
    • Al menos un punto de venta fijo y físico en bajo comercial ubicado en Álava.
      • Incluidos los establecimientos integrados en mercados de abastos y galerías comerciales privadas.
    • Domicilio social y fiscal en Álava.
    • Cumplimiento de obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.

Deben estar dadas de alta en uno de los siguientes IAE admitidos.

Gastos subvencionables entre 01/11/2021- 31/10/2022:

  • Seguridad y protección sanitaria a personas trabajadoras y clientes:
    • Mamparas y su colocación.
    • Sistema de apertura automática de puertas.
    • Obras de adecuación para adaptarse a la seguridad sanitaria.
    • Sistemas automáticos de desinfección y otros sistemas para garantizar las medidas de higiene.
  • Mejora tecnológica y digitalización de los negocios y venta online:
    • Aplicaciones informáticas (software) incluida la instalación e implantación.
      • Excluido software TicketBAI.
    • Equipos para el proceso de información y complementos (ordenador, escáner, impresoras, puntos de venta, lectores de códigos, etiquetaje, balanzas electrónicas…)
    • Asesoramiento mejoras tecnológicas (máximo base subvencionable 700€)
    • Diseños web.

* NO subvencionables ni tablets ni móviles. Los equipos informáticos tienen que estar ubicados en el punto de venta.

  • Equipamiento físico del local y accesibilidad de personas con discapacidad:
    • Obras acondicionamiento de locales.
    • Mobiliario y equipamiento para el desarrollo de la actividad.
    • Rótulos, toldos y persianas.
    • Registro de marcas.
    • Consultoría especializada.
    • Diseño y desarrollo de imagen corporativa.
    • Obras que faciliten accesos desde el exterior.
    • Soportes que faciliten la orientación visual, auditiva o táctil.
    • Información en braile o visualmente adaptada.
    • Tecnologías web que permita acceso a la información de manera autónoma.

* En caso de presentar inversiones de diferentes tipos, una solicitud por cada inversión. (Máximo 3 por solicitante)

*NO se considerará subvencionable el IVA y demás impuestos indirectos.

  • El importe mínimo de gastos totales subvencionables para tener derecho a la ayuda es de 400€.
  • El porcentaje de ayuda de los gastos subvencionables será del 50%. Será posible aumentarlo hasta el 70% en caso de que el crédito no se agote.
  • El importe máximo de subvención será de 4.500por beneficiario.
  • Serán compatibles con otras ayudas, tanto a nivel global como a nivel de cada una de las actividades, siempre que la suma de las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada.
  • La obtención de alguna ayuda con posterioridad a la entrega de la solicitud, deberá ser notificada a la mayor brevedad posible.
  • Cuando se hubiera recibido o solicitado una ayuda anterior a esta, se hará constar en la solicitud.
  • A la hora de realizar la Solicitud.
    • Formulario de solicitud en Sede Electrónica
    • Memoria de la actividad comercial y de las inversiones realizadas:
      • Sector, antigüedad, localización, empleados, necesidad de la inversión y efectos previsibles en relación a la mejor competitiva del solicitante.
    • Alta en el Impuesto Actividades Económicas
    • Facturas
    • Certificado de plantilla media durante el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda (Tesorería General de la Seguridad Social).
    • En caso de no haber tenido trabajadores contratados: informe de inexistencia de inscripción como empresario o informe de situación de código de cuenta de cotización.
    • Si se han obtenido y/o solicitado otros ingresos para las actividades solicitadas, justificación de ingresos o de solicitud.
    • En el caso de Sociedad Civil:
      • Documento constitución de la Sociedad.
      • Certificado de estar al corriente Seguridad Social de todos los participantes.
  • A la hora de realizar la Justificación: (Finaliza 2 de noviembre de 2022 a las 14:00 horas)
    • Memoria de las inversiones. En el caso de obras adjuntar fotografías.
    • Relación de facturas justificativas que indique acreedor, importe y fecha de emisión y pago.
    • Si se han obtenido otros ingresos, justificación de dichos ingresos.
    • Original de las facturas de haberse presentado en la solicitud.

Se valorará en función de los siguientes criterios:

  • Número de habitantes de la entidad local donde ubica el comercio.
  • Tipo de inversión presentada.
  • Tamaño de plantilla
  • Inclusión de toda la documentación desde un primer momento

Consulta AQUÍ las puntuaciones de cada criterio.

Mas información AQUÍ.