AYUDA AL COMERCIO TEXTIL EN VITORIA-GASTEIZ 2021

Subvención del Ayuntamiento a las empresas de comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.

  • Local situado dentro del término municipal de Vitoria-Gasteiz.
  • El local deberá estar situado a nivel rasante, tener escaparate y estar abierto al público.
  • Cumplir los requisitos de pequeña empresa.
  • Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales.
  • Los siguientes epígrafes de IAE, a día de publicación de la ayuda y mínimo los 4 meses siguientes:
    • 651.2: Prendas para el vestido y tocado.
    • 651.3: Lencería y corsetería
    • 651.4: Artículos de mercería
    • 651.5: Prendas especiales.
    • 651.6: Calzado, artículos de piel e imitación, cinturones, carteras, bolsos maletas y artículos de viajes.
    • 651.7: Confecciones de peletería.
  • Tamaño de la empresa: máximo 5 puntos
    • 0,5 puntos por cada persona asalariada.
  • Régimen de tenencia del local comercial: máximo 5 puntos:
    • 5 puntos local en régimen de alquiler o propiedad sujeta a préstamos hipotecario.
  • Antigüedad de la empresa en IAE: máximo 3 puntos:
    • 3 puntos a empresas que figuren de alta en IAE antes del 1 de enero de 2019.
    • 1 punto a empresas que figuren de alta en IAE del 1 de enero de 2019 hasta la fecha de publicación de la ayuda.
  • 750 euros por cada local.
  • En ningún caso la subvención podrá superar el importe máximo de 3.000 euros en empresas que tenga más de un local.
  • La subvención se otorgará siguiendo el orden establecido por la puntuación total hasta que se agote el presupuesto disponible.
  • El abono se realizará en un único pago. Se entenderá aceptada si en el plazo de diez día el interesado no formula su renuncia expresa a la subvención.
  • El plazo para presentar solicitudes está abierto desde las 08.30 h. del 8 de abril de 2021 hasta el 29 de abril de 2021 (una solicitud por empresa).
  • Documentación a presentar:
    • Impreso de solicitud y declaración responsable: Anexo I
    • Se puede presentar de forma adicional:
      • TC2 o relación nominal del último mes.
      • Documentación sobre el régimen de tenencia del local:
        • Contrato de alquiler o
        • Préstamo hipotecario.
    • Se comprobará de oficio IAE y estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • Lugar:
    • Registro electrónico, Oficina de San Martin o Atención Ciudadana