AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN LABORAL EN VITORIA-GASTEIZ

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, quiere fomentar la contratación laboral en el municipio.

Fomentar y facilitar la contratación laboral, tanto a tiempo completo como parcial en Vitoria-Gasteiz, de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en Lanbide, y en especial, de aquellas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral.
Empresas o entidades, cualquiera que sea su forma jurídica que desarrollen sus actividades subvencionables en Vitoria-Gasteiz y cumplan los siguientes requisitos:

  • Encontrarse al día en sus obligaciones fiscales y laborales, así como ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.
  • No haber obtenido otras subvenciones por la contratación de la misma persona en la convocatoria del programa municipal de ayudas económicas a la contratación laboral en empresas de Vitoria-Gasteiz de 2017.
  • Mantener el cumplimiento de estas condiciones durante todo el tiempo en que las empresas beneficiarias se encuentren participando en el programa de ayudas que regulan las presentes bases.
Las contrataciones laborales deberán cumplir unos requisitos:

  • Deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los tres meses inmediatamente anteriores a la incorporación.
  • La duración mínima de los contratos será de seis meses, a jornada completa o a jornada parcial de cómo mínimo el 50 por ciento de jornada.
  • Serán subvencionables las contrataciones que se lleven a efecto a partir del día 21 de junio de 2018 y, como máximo, hasta el 30 de noviembre de 2018.
  • El número de ayudas quedará limitado a tres por empresa, excepto en el caso de empresas de inserción social que será de hasta cuatro contratos.
  • No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas o personas autónomas.
El importe máximo subvencionable será de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses y la cuantía final no podrá superar el 75%.

El importe máximo subvencionable será de 9.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses en el supuesto de contrataciones de personas pertenecientes a los colectivos de:

  • Personas perceptoras titulares de la RGI.
  • Personas menores de 35 años.
  • Personas desempleadas de larga duración.
  • Personas mayores de 55 años.
10/11/2018 – 17/12/2018