EUSKADI BONO DENDA 2021

El Dpto. de Turismo, Comercio y Consumo de Gobierno Vasco ha lanzado la campaña de bonos descuento Euskadi Bono Denda 2021. Esta campaña tiene como objeto el fomento del consumo de bienes y la prestación de servicios en establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana desarrollado por personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la CAPV.

Personas físicas

Las personas consumidoras con derecho a beneficiarse del descuento del bono serán las mayores de 18 años residentes en cualquier municipio de la CAE con el límite de cinco bonos por persona.

Comercio minorista

El comercio minorista realizado por personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas en establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana de la CAPV. La actividad debe estar encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

  • 6443 Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería.
  • 6444 Comercio al por menor de helados.
  • 6445 Comercio al por menor de bombones y caramelos.
  • 645 Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
  • 651 Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzados, pieles y artículos de cuero.
  • 6522 Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
  • 6523 Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
  • 6524 Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
  • 653 Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
  • 6542 Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres.
  • 6545 Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos).
  • 6546 Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandejas y cámaras de aire para toda clase de vehículos.
  • 656 Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
  • 657 Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
  • 659 Otro comercio al por menor.
  • 662 Comercio mixto o integrado al por menor.
  • 971 Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
  • 972 Salones de peluquería e institutos de belleza.
  • 9731 Servicios fotográficos.
  • 975 Servicios de enmarcación.

Sistema de canje de bonos:

  • Los Euskadi Bono Denda son bonos descuento que estarán disponibles en los establecimientos adheridos a la campaña. Cada bono tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ sobre una compra mínima de 30€.
  • En el periodo establecido para el canje de bonos, los establecimientos ofrecerán activamente los bonos y los canjearán en el momento de la compra, hasta su agotamiento.
  • La aplicación de los bonos descuento será efectuada por los propios establecimientos tras la comprobación de la residencia en la CAE y la identificación de las personas beneficiarias en el momento de la adquisición de los bienes o prestación de servicios.
  • El importe del ticket de compra deberá ser igual o superior 30€.
  • Cada persona podrá sumar un máximo de 5 Euskadi Bono Denda por un valor de 50€. que podrán ser utilizados en varios o en un único establecimiento. En cada compra, podrá utilizar un máximo de 5 bonos, lo que supondría un ahorro de 50€ en una compra mínima de 150€.
  • En ningún caso se devolverá dinero en efectivo ni en la compra ni en la posible devolución posterior del producto.

Periodos para el canje de bonos:

  • Primer periodo: Se iniciará el 27 de octubre y finalizará el 5 de diciembre de 2021.
  • Segundo periodo: Se iniciará el 10 de enero de 2022 y finalizará el 31 de marzo de 2022.

El plazo de adhesión comienza el 4 de octubre y finaliza el 17 de octubre.

Los establecimientos deberán cumplimentar adecuadamente todos los campos incluidos en el apartado y adjuntar una imagen del establecimiento, documento de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguno de los epígrafes incluidos en la campaña.

Los solicitantes, además de cumplimentar el formulario de adhesión con la declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos de la Orden, en el apartado ADHIÉRETE AQUÍ de la plataforma www.euskadibonodenda.eus, deberán presentar la siguiente documentación:

  • Identificación fiscal: DNI en caso de autónomos y CIF en caso de personas jurídicas.
  • Certificado histórico de altas y bajas en el Impuesto de Actividades Económicas o en su caso del establecimiento objeto de la ayuda.
  • Foto del establecimiento.
  • Certificado cuenta bancaria.

Los establecimientos que han participado en campañas anteriores de Euskadi Bono Denda, recibirán un correo en el que se les pide que confirmen si están interesados en adherirse a esta campaña y aceptan sus condiciones.

Aquellas empresas que cumpliendo los requisitos de adhesión cuenten con varios establecimientos podrán dar de alta en la plataforma a cada uno de ellos.

Puedes consultar toda la información sobre esta campaña en los siguientes enlaces:

Si tienes alguna duda sobre el funcionamiento o necesitas asesoramiento para la adhesión a esta campaña puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono 945 12 35 00 o a través del correo electrónico info@aenkomer.com

Ficha resumen CAST
Ficha resumen EUSK
Orden Euskadi Bono Denda 21