[fullwidth background_color=”” background_image=”” background_parallax=”none” enable_mobile=”no” parallax_speed=”0.3″ background_repeat=”no-repeat” background_position=”left top” video_url=”” video_aspect_ratio=”16:9″ video_webm=”” video_mp4=”” video_ogv=”” video_preview_image=”” overlay_color=”” overlay_opacity=”0.5″ video_mute=”yes” video_loop=”yes” fade=”no” border_size=”0px” border_color=”” border_style=”” padding_top=”20″ padding_bottom=”20″ padding_left=”” padding_right=”” hundred_percent=”no” equal_height_columns=”no” hide_on_mobile=”no” menu_anchor=”” class=”” id=””][title size=”1″ content_align=”left” style_type=”underline” sep_color=”” margin_top=”” margin_bottom=”” class=”” id=””]MEC 2021. PROGRAMA DE AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES[/title][/fullwidth][one_fourth last=”no” spacing=”yes” center_content=”no” hide_on_mobile=”no” background_color=”” background_image=”https://www.aenkomer.com/wp-content/uploads/2018/06/50836-8732448.jpg” background_repeat=”no-repeat” background_position=”left top” border_position=”all” border_size=”0px” border_color=”” border_style=”solid” padding=”” margin_top=”” margin_bottom=”” animation_type=”0″ animation_direction=”down” animation_speed=”0.1″ class=”” id=””][imageframe lightbox=”no” lightbox_image=”” style_type=”none” hover_type=”none” bordercolor=”” bordersize=”0px” borderradius=”0″ stylecolor=”” align=”none” link=”” linktarget=”_self” animation_type=”0″ animation_direction=”down” animation_speed=”0.1″ hide_on_mobile=”no” class=”” id=””] [/imageframe][/one_fourth][three_fourth last=”yes” spacing=”yes” center_content=”no” hide_on_mobile=”no” background_color=”” background_image=”” background_repeat=”no-repeat” background_position=”left top” border_position=”all” border_size=”0px” border_color=”” border_style=”” padding=”” margin_top=”” margin_bottom=”” animation_type=”” animation_direction=”” animation_speed=”0.1″ class=”” id=””][fusion_text]El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco convoca el programa MEC 2021, con el objetivo de dar un impulso y apoyar a los establecimientos comerciales y de determinados servicios a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad, teniendo además en cuenta la situación extraordinaria generada por la del COVID-19.[/fusion_text][accordian divider_line=”” class=”” id=””][toggle title=”Objetivos de la ayuda” open=”no”]Impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación, la mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamiento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad, teniendo además en cuenta la situación extraordinaria generada por la pandemia del COVID-19.[/toggle][toggle title=”Entidades beneficiarias” open=”no”]Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, y micro, pequeñas y medianas empresas, cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial o servicios relacionados con la actividad comercial.
Requisitos:
- La actividad deberá estar domiciliada social y fiscalmente en la CAPV.
- El establecimiento comercial o de servicio deberá radicar en la CAPV.
- Dedicarse y estar dada de alta en alguno de los siguientes IAE: listado de IAE admitidos.
- Ejercer la misma actividad comercial o de servicios en el establecimiento, durante un año mínimo a fecha de presentación de solicitud.
[/toggle][toggle title=”Inversiones subvencionables” open=”no”]Se consideran inversiones susceptibles de ayuda aquellas:
- Realizadas entre el 04/08/2020 y hasta el 26/06/2021.
- Acompañadas de sus correspondientes facturas en las que la descripción de los activos subvencionables esté claramente identificada, no admitiéndose conceptos codificados y cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o superior a 100 €.
- Acompañadas de sus correspondientes pagos. La justificación de los pagos superiores a 2.500 € se acreditará a través de transferencia bancaria, certificación bancaria o extracto de pago. En estos documentos deberán quedar claramente identificados el receptor y el emisor del pago.
Tipos de inversiones subvencionables:
- Línea 1: Renovación de la imagen del establecimiento comercial (importe mínimo de inversión: 4.000 €).
- Obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie o la mejora de la imagen.
- Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
- Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
- Adquisición e instalación de rótulos y de toldos.
- Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad principal.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros y similares.
- Mobiliario destinado al almacenamiento de los productos (incluidas cámaras frigoríficas con alta eficiencia energética).
- Alarmas y sistemas de seguridad (máximo 6.000 €).
- Equipos de climatización con alta eficiencia energética.
- Inversiones para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial urbano, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de personas propietarias.
- Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación (importe mínimo de inversión: 900 €).
- Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. Se subvencionará como máximo un equipo informático y un periférico por establecimiento.
- Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online: ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento comercial (clientes, proveedores, etc.).
- Terminales de punta de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
- Balanzas electrónicas de mercaderías.
- Cajas registradoras.
- Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).
- Línea 3: Condiciones higiénico sanitarias (importe mínimo de inversión: 900 €).
- Máquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetro digital, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes y equipamiento de similares características.
- No se contemplan mascarillas, guantes, batas desechables y otros materiales consumibles.
Para ser subvencionables los activos deberán:
- Ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez.
- Permanecer como mínimo dos años en el activo del establecimiento. Los higiénicos-sanitarios un año.
- No haber sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitada.
- Los proyectos de inversión deben localizarse dentro de la CAPV.
No será objeto de subvención:
- Cambio de luminarias si no está integrado dentro de una inversión de renovación de la instalación eléctrica.
- Teléfonos móviles.
- Maquinaria específica destinada a servicios sanitarios o profesionales.
- Compra de locales comerciales ni de los elementos de transporte.
- Adquisición de equipamiento mediante leasing o renting.
- El IVA, y todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones.
[/toggle][toggle title=”Cuantía individual de las ayudas” open=”no”]
El importe máximo de subvención es de 9.000 € por establecimiento.
El porcentaje de subvención sobre la inversión admisible será del 25%. El porcentaje de subvención podrá aumentar en los siguientes casos (el porcentaje, en ningún caso, podrá ser superior al 40% de la inversión total admitida):
- Certificaciones de excelencia o haber participado en el programa Merkabide en los últimos 5 años: 2 puntos.
- La inversión está comprendida en la Línea 2: 2 puntos.
- El titular o al menos una persona trabajadora posee alguna titulación de enseñanza reglada relacionada con el sector comercial: 2 puntos.
- Al menos la mitad de la plantilla es indefinida: 3 puntos.
- Al menos la mitad de la plantilla es mujer: 2 puntos.
- Dispone de Plan de Igualdad o Plan de Conciliación de la vida laboral y familia, o si es Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres: 2 puntos.
- Adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide: 3 puntos.
- Vínculo con alguna asociación tanto zonal como gremial de comercio y la duración del mismo sea igual o superior al tiempo de permanencia de la inversión en el establecimiento: 5 puntos.
- Acogida al programa “Berriz Enpresa”: 2 puntos.
- Antigüedad del establecimiento:
- Más de 10 años: 2 puntos.
- Más de 20 años: 3 puntos.
- Atención al público en euskera (certificado Bai Euskarari o Bikain): 2 puntos.
[/toggle][toggle title=”Presentación de solicitudes” open=”no”]
El plazo de presentación de solicitudes será entre el 27/05/2021 y el 26/06/2021.
Tanto la solicitud como el resto de tramitaciones se realizará por medios electrónicos.
- Solicitud y cumplimentación:
- Medios electrónicos admitidos:
- Acceso al expediente y demás trámites:
- Para otorgar la representación a otra persona:
- Para obtener el Alta de Tercero Interesado:
La documentación a presentar es la siguiente:
- Impreso de Solicitud.
- Factura y justificantes de pago.
- DNI/CIF.
- Escrituras de la empresa y posteriores modificaciones.
- Poder de representación legal (si se otorga representación).
- Certificado histórico bajas y altas IAE.
- Documento de Alta de Tercero Interesado.
- Certificado pertenencia asociación de comerciantes.
- Certificaciones de calidad o excelencia.
- Formación profesional relacionada con el sector comercial.
- Informe de trabajadores en Alta (ITA) por la Tesorería General.
- Acreditación de un Plan de Conciliación de la vida laboral y familiar.
- Certificado programa de la transmisión empresarial.
[/toggle][toggle title=”Más información” open=”no”]
Puedes mandar un correo a info@aenkomer.com o llamar al 945 12 35 00.
También puedes encontrar toda la información en el siguiente enlace:
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