AYUDAS A LA IMPLANTACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS DE COMERCIO Y SERVICIOS PERSONALES 2019

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz quiere apoyar la implantación, la reforma y la modernización de las pequeñas empresas del ámbito del comercio minorista y de los servicios personales ubicadas en el término municipal.

Fomentar la implantación, la reforma y la modernización de las pequeñas empresas del ámbito del comercio minorista y de los servicios personales ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Estas ayudas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido, y se valorarán en régimen de concurrencia competitiva.

Pequeñas empresas cuya actividad principal sea el comercio minorista o determinados servicios personales que estén ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz y hayan reformado su local o modernizado su equipamiento, que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que su plantilla no supere las 50 personas empleadas.
  • Que su volumen de negocios o su balance general anual no supere los 10 millones de euros.
  • Que no se halle vinculada o participada en más de un 25% por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
  • La empresa deberá estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y tener actividad mercantil en el local objeto de solicitud, al menos desde el momento de solicitud de la subvención.

La actividad principal de la empresa deberá estar encuadrada en algunos de los siguientes grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

  • 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras)
  • 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654.6 de cubiertas, bandas y cámaras de aire de toda clase de vehículos y 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes)
  • 662.2: Comercio al por menor de toda clase de artículos.
  • 691.1 Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
  • 691.9 Reparación de otros bienes de consumo N.C.O.P.
  • 755 Agencias de viaje, excepto 755.1
  • 971.3 Zurcido y reparación de ropas.
  • 972. Servicios de peluquería y belleza.

Serán subvencionables los proyectos de inversión realizados en el local objeto de subvención desde el día 22 de junio de 2018 hasta el 6 de junio de 2019:

  • Obras de reforma del local comercial: todas aquellas obras relacionadas con la adecuación, renovación o ampliación del local comercial.
  • Equipamiento del local comercial. Se exige como requisito que estos activos permanezcan en la empresa como mínimo 2 años desde la fecha de su adquisición:
    • Maquinaria directamente relacionada con la actividad principal.
    • Mobiliario comercial.
    • Rótulos, toldos y persianas.
    • Equipos informáticos y software informático de gestión.
    • Equipos de climatización del local.
    • Equipos de seguridad no adheridos a producto.
  • Contratación de anteproyectos o proyectos técnicos de actividad/reforma del establecimiento comercial.

Inversión mínima de 120€ por m2 de superficie útil destinada a la actividad subvencionable.

Se considerarán subvencionables los importes cuyo pago esté abonado y correctamente presentado antes del 6 de agosto de 2019.

Se realizará una valoración de los proyectos subvencionables presentados según diferentes criterios establecidos . Los proyectos que obtengan una puntuación total de 100 puntos podrán obtener una subvención de hasta un 40% de la inversión subvencionable. Por otro lado, los que obtengan una puntuación total de 0 puntos podrán obtener hasta un 25% de subvención:

  • 180 €/m2 de superficie útil destinada a la actividad subvencionable en el establecimiento para los proyectos ubicados en el Casco Viejo, Coronación, el Anglo, El Pilar, Ensanche y Lovaina. Subvención máxima: 20.000€.
  • 150 €/m2 de superficie útil destinada a la actividad subvencionable en el establecimiento para los proyectos no ubicados en las zonas anteriores. Subvención máxima:16.000 euros.
Plazos:

  • La presentación de solicitudes será del 6 de mayo al 6 de junio de 2019.
  • La fecha límite para presentar los justificantes de pago de las facturas será el 6 de agosto de 2019.

Bases y Hoja de solicitud:

Presentación de solicitudes y documentación:

  • A través del Registro electrónico.
  • Oficinas de atención ciudadana y oficinas técnicas municipales de San Martín.