Tramitación de reclamaciones de lucro cesante

Desde AENKOMER, Empresarios/as de Comercio y Servicios de Álava ofrecemos a nuestros/as asociados/as la posibilidad de unirse a una reclamación que persigue exigir el lucro cesante, sufrido durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la fecha acordada para la “nueva normalidad”, y durante el cual, determinados subsectores económicos (comercio minorista, hostelería, agencias de viaje, etc.), hubieron de cesar forzosamente su actividad.

Esta demanda se presentará siguiendo un mismo hilo argumentario conductor desde las distintas provincias y comunidades autónomas ya que hemos optado por la propuesta que se está trabajando desde la Confederación Española de Comercio (CEC), en un intento por esgrimir un mensaje que tenga mayor fuerza al unir las necesidades y requerimientos de comerciantes y hosteleros, entre otros susbsectores de actividad, de todo el estado. Es decir, esta misma demanda incluirá expedientes no sólo de Álava o del País Vasco sino del resto de provincias y comunidades autónomas del Estado.

Se ha buscado la forma de reducir el coste que esta demanda podría suponer para el sector a través de una vía para cubrir el coste de las tramitaciones realizadas, aprovechando la garantía de Defensa Jurídica que muchos/as de vosotros/as estáis abonando acompañando a las pólizas de Responsabilidad Civil de vuestros seguros.

La reducción de costes se realiza de la siguiente manera:

  • Asociados/as con garantía de Defensa Jurídica (DJ) en las pólizas de seguro de sus negocios.
    • Aquellos/as asociados/as que en sus pólizas de seguro de Responsabilidad Civil (RC), abonen una prima, aparte, a la de la RC (puede ser en el mismo recibo) tienen cubiertos los gastos por representación y asistencia jurídica, (abogado/a y procurador/a), y, además, las llamadas costas procesales (gastos del juicio).
    • De esta manera, y aún en el peor escenario (desestimación de la demanda por el Tribunal Supremo, con expresa imposición de costas), todos los gastos correrían por cuenta de la aseguradora, recuperando el/la asociado/a, incluso, la cantidad inicial, pues les sería devuelta por el propio despacho de abogados una vez la compañía abonara las correspondientes minutas.
  • Asociados/as sin seguro o cobertura de DJ.
    • En este caso hemos valorado la opción más prudente a fin de evitar costes, ya que no tenemos la seguridad de un fallo de los jueces a favor de la reclamación. Para ello nos apoyamos en una demanda con múltiples recursos de igual finalidad. Supondría presentar el conjunto de recursos en el momento inicial de presentación de la demanda pero tramitando con carácter inicial los recursos de los/as asociados/as con cobertura de Defensa Jurídica. De este modo, quedarían anunciados los recursos y suspendidos por la Sala hasta la resolución de los primeros, de forma que, una vez conocido el resultado y de ser desfavorable, nos obligaría a desistir del recurso, pero sin gasto por costas alguno, al no haberse, siquiera, personado el Abogado del Estado.
A continuación os incluimos la documentación necesaria para llevar a cabo esta tramitación que, en todo caso, debemos remitir al gabinete de abogados/as antes del próximo día 22 de marzo.

Circular informativa Tramitación Reclamaciones Lucro Cesante

Para obtener más información sobre la tramitación y coste de la misma poneos en contacto con nosotros en el teléfono 945 12 35 00 (ATT. Aitor Calvo o Urko Pamies).