AYUDAS PARA EL SOSTENIMIENTO DE LOS SUBSECTORES EQUIPAMIENTO PERSONAL Y DEL HOGAR DEL GOBIERNO VASCO

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco, convoca el programa de ayudas para el sostenimiento de los subsectores del equipamiento personal y del hogar del comercio minorista vasco.

Financiación de 15 millones de euros para ayudas a fondo perdido para estos subsectores de actividad del comercio minorista vasco.

  • Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, comunidades de bienes, sociedades civiles y micro y pequeñas empresas:
    • Domiciliada social y fiscalmente en la CAPV y que radique en la misma el establecimiento comercial.
    • Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y SS.
    • Hallarse al corriente de pago en materia de subvenciones.
    • No estar sancionada ni penal ni administrativamente.
  • Epígrafes impuesto sobre actividades económicas subvencionables:

    • Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
    • Grupo 652. Comercio al por menor de artículo de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general.
    • Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
    • Grupo 97. Servicios Personales.

    Consulta los epígrafes específicos en el Anexo I

  • Las ayudas contempladas se materializarán a través de subvenciones a fondo perdido.
  • La cuantía de la ayuda se establece en función del número de personas trabajadoras dadas de alta en el establecimiento con anterioridad al 24 de febrero de 2022:
    • Establecimiento con 1-9 personas: 2.000€
    • Establecimientos de 10 o más de 10: 3.000€
  • El cómputo incluirá tanto a personas autónomas como a las asalariadas, con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, en activo, en situación de ERTE, suspensión de la relación laboral o cese de actividad
Junto con la solicitud deberá presentarse:

  • En caso de tener personas trabajadoras: Informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización. (Del 24 de febrero del 2021 al 24 de febrero de 2022)
  • En caso de persona autónoma sin trabajadores: Informe de vida laboral. 
  • En caso de persona autónoma con trabajadoresInforme de vida laboral e informe de vida laboral de un código de cuenta de cotización. (Del 24 de febrero del 2021 al 24 de febrero de 2022)
  • Escrituras de constitución de la empresa y posteriores modificaciones las personas jurídicas.
  • Las comunidades de bienes y sociedades civiles: contrato de constitución.
  • Impreso normalizado de representación legal voluntaria, si se desea otorgar la representación y no se desea utilizar el Registro Electrónico de Representantes.
  • Declaración responsable. (Modelo a firmar en la solicitud)

Puedes mandar un correo a proyectos@aenkomer.com o llamar al 945 12 35 00.

También puedes encontrar toda la información en el siguiente enlace:

Orden Ayuda